apropiación indebida o ilegal embezzlement || fraudulent conversion.
• Aplicación, en beneficio propio o de otro, de dinero, valores o bienes muebles recibidos en depósito, administración o con otro destino, causando perjuicio a tercero. Sin. abuso de confianza. apropiación ilícita (Pe).
Esta figura es usada en ocasiones en forma restringida refiriéndose solamente a la aplicación de los bienes a una finalidad diferente a aquella a la que están legalmente afectados, excluyendo el otro elemento del delito, que es la disposición que se hace de los mismos causando un perjuicio a otro. En esta modalidad restringida el concepto equivalente en países de habla inglesa es fraudulent conversion, usándose en español en ocasiones, además de apropiación indebida, términos como desvío de fondos o similares. Es de notarse que en Puerto Rico la denominación apropiación ilegal describe el llamado delito de hurto.
Referencias:
(Bo)CP a.345; (Ch)CP a.470-1; (Esp)CP a.252-254; (Pe)CP a.190; (Ur)CP a.351; (Ve)CP a.468.
Términos Relacionados:
peculado peculation.

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